Obligaciones Impositivas. Registro de Claves Bancarias Uniformes. Se establece que en el Registro de Claves Bancarias Uniformes, creado con el objetivo de que todos los pagos que efectúe el Fisco en concepto de devoluciones, reintegros, reembolsos y demás regímenes de restitución de fondos a contribuyentes, responsables y administrados, las Uniones transitorias de empresas inscriptas en el "Registro Fiscal de operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas" deben informar la Clave Bancaria Uniforme correspondiente al CUIT de la Unión Transitoria de Empresas responsable ante el impuesto al valor agregado.
Por otra parte, se dispone que todas las solicitudes de rectificación o sustitución de la CBU iniciadas en el "Registro Fiscal de operadores de Granos" -de acuerdo a lo previsto por el art. 28 RG (AFIP) 2300- que no se encuentren finalizadas al 28/2/2010 serán archivadas sin más trámite. Res. Gral. (AFIP) 2765/10 | BO: 17/02/2010







